Lecciones de economía basura, episodio 8: Ayuntamientos, cómo utilizar el poder político en beneficio privado y cómo denunciarlo
Fecha Fecha de Publicación: Sábado 28 de Abril de 2012, 18:55 h.
Tema Economía


La corrupción en la política local no es excepción sino norma. Ahora tenemos una prueba numérica con las facturas en los cajones, que no es más que la punta visible de la enorme corrupción existente en los ámbitos local y autonómico. Debe resultar incomprensible para la mayoría de las personas no familiarizadas con la administración municipal el entender lo de las facturas en los cajones. Sin embargo ha venido siendo una práctica común en los ayuntamientos desde sus comienzos democráticos, el comprar y gastar alegremente, sin preocuparse de contar con crédito presupuestario.

Por Fernando Urruticoechea, 28 de Abril de 2012
En caso negativo, cuando las facturas llegaban a los ayuntamientos no se podían contabilizar y por lo tanto, tampoco pagar, debiéndose dejar en los cajones para el ejercicio siguiente, o para el siguiente. Normalmente sin control de su volumen y tramitación, ya que tampoco ha sido costumbre el contar con registros centrales de facturas.

Claro está que como los proveedores acostumbran a tener buena información de los períodos de pago de los ayuntamientos, actuaban en consecuencia, cargando altísimos porcentajes del 20 – 30% de sobrecoste normalmente en el precio de venta de sus bienes y servicios. Cualquiera puede llegar a comprobar en sus ayuntamientos las facturas de compra y verificar el precio de bienes comunes desde una bombilla a un saco de cemento, o más complejos, como la hora de limpiadora en un contrato de limpieza de edificios. Seguro que se asombrarán.

Es una forma de financiar las compras ciertamente estúpida, ya que resulta mucho más cara que financiarla a través de los bancos, pero el problema está en que los préstamos con entidades financieras son sólo para inversiones y el gasto de los políticos es compulsivo, ya que es fundamental para mantener su clientela y en muchos casos, algo se queda por el camino, para sí mismos o para sus maquinarias electorales.

Todo este nefasto sistema a lo largo de los años ha producido el efecto de bola de nieve convirtiéndose en un problema de Estado, lo mismo que para muchos autónomos y pequeñas empresas, ya que falseaba la deuda local en la contabilidad pública. Claro que no es este el único problema con los ayuntamientos, ya que también son morosos con sus propias cuentas, con más del 50% de ayuntamientos sin rendir cuentas en años anteriores.

Si hacemos un poco historia han sido varios los intentos de arreglar este desaguisado, pero la tópica cercanía a los ciudadanos de los políticos locales sólo se alimenta con más gastos, lo que convierte en insaciables a las haciendas locales. En el año 2006 una reforma creativa de la contabilidad local creó la cuenta 413 “Acreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto”, es decir, se reconocía oficialmente la existencia de un problema crónico de corrupción y se obligó a contabilizar en el ejercicio en esa cuenta de contabilidad general, todas las facturas en los cajones, para que todas ellas se cobijaran presupuestariamente al año siguiente y se pudiera pagar, a través de un peculiar procedimiento, llamado de “reconocimiento extrajudicial de créditos”. Para no tener que esperar a que el pago sea ordenado por un juez.

Pero estábamos en la década prodigiosa, en plena pandemia de la fiebre del oro y nadie paraba en gastos, y mucho menos los ayuntamientos que vivían en plena orgía, sin control alguno.

En el año 2009, el chirriar de dientes de los autónomos y PYMES debió llegar hasta la Moncloa, ya que el gobierno socialista habilitó una financiación especial de 14.000 millones de euros para pagar pufos municipales, a través del RDL 5/2009, para facilitar a las Entidades Locales el saneamiento de deudas pendientes de pago con empresas y autónomos, mediante una operación extraordinaria de endeudamiento bancario, sujeta a la necesidad de aprobar un plan de saneamiento que asegurara la capacidad de pago para cancelar la operación concertada en el plazo comprometido, que no podía ser superior a seis años, con la condición de aplicar los recursos obtenidos a pagar las obligaciones pendientes con empresas y autónomos en el plazo máximo de un mes.

Además, para seguir alimentando los estómagos municipales, en el año 2009 se creó el Fondo Estatal de Inversión Local con 8.000 millones de euros, en el que participaron los 8.110 ayuntamientos españoles, con 30.761 proyectos de inversión aprobados. En 2010 el Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad local, con 5.000 millones. Por vez primera en España, fue obligatoria la tramitación telemática y se exigió a todos los ayuntamientos que tuvieran firma electrónica.

Pero los cajones seguían llenos y las facturas seguían sin pagarse, así que en el año 2010 nuevo intento de rizar el rizo con la Ley 15/2010, de medidas de lucha contra la Morosidad en las operaciones comerciales, por la que se imponían plazos de pago inferiores a los ya existentes tradicionalmente de 60 días, que casi ningún ayuntamiento cumple. En consecuencia, el progresivo agravamiento de los impagos de las Administraciones territoriales, con especial impacto en los autónomos y PYMES.

Y en estas llegó Rajoy y mandó pagar a los ayuntamientos, mediante el RDL 4/2012, para el pago a los proveedores de las entidades locales, utilizando el sistema telemático habilitado por Zapatero para sus planes E. La novedad es que esta vez el Estado no pone ni un euro, sino que obliga a los ayuntamientos, a través de plazos perentorios, a transformar su deuda con proveedores, en deuda con las entidades financieras, a través de un préstamo sindicado con la mayoría de bancos españoles. El Estado garantiza el pago a los bancos mediante la retención a los ayuntamientos morosos que incumplan sus obligaciones, de los pagos mensuales como participación en los ingresos del Estado –PIE-.

Gracias al sistema de información habilitado, con certificaciones obligadas de todos los interventores municipales que vencían el 15 de marzo, hemos conocido que cerca de 5.000 ayuntamientos siguen debiendo a sus proveedores casi dos millones de facturas por casi 10.000 millones de euros, lo que representa el 1% de nuestro PIB. Sólo facturas por contratación administrativa de obras, servicios y suministros, sin que entren las deudas con otros entes públicos, como con la Seguridad Social, ni las deudas derivadas de contratos privados, como seguros y préstamos bancarios.

Por lo tanto, ya no cabe seguir diciendo que el problema de la corrupción sólo afecta a unas pocas manzanas podridas, ya que “las facturas en los cajones” están originadas casi exclusivamente por la utilización del poder político en beneficio particular, a través de gestiones irresponsables, sin control administrativo. Las excepciones, las de los ayuntamientos pequeños que no han podido pagar sus facturas por carecer de liquidez por falta de cobro de las subvenciones de otros entes públicos.

Por eso el problema es doble, por una lado, el que esté provocado por delincuentes políticos que han puesto su interés privado por delante del público y por otro, el que no existan en la administración española mecanismos eficaces de control administrativo que hayan parado esta absoluta locura. Porque para gastar basta una orden de un político o de un funcionario, pero para poder pagar se necesita la firma del alcalde y la del interventor, corresponsabilizándose este último si no advierte por escrito de la ilegalidad.

Ya no basta lamentarse diciendo que el espectáculo de las facturas locales no debe repetirse. Según Einstein “ Es una locura seguir haciendo lo mismo y esperar resultados diferentes”. Resulta obvio que los mismos políticos volverán a repetir lo mismo, si no se les escarmienta, si no se aplican las leyes existentes. El gobierno nos trata de estúpidos al anunciarnos que criminalizarán a los políticos por despilfarro público, incluyendo en la futura Ley de Transparencia infracciones en materia económica, que en los casos más graves serán considerados delitos, por ejemplo para los que falseen cuentas y oculten datos.

No hace falta esperar a los próximos delincuentes, basta con que apliquen las leyes actuales a los políticos que infringiéndolas, nos han llevado a la actual situación económica.

En concreto, el artículo 173.5 del RDL 2/2004, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, impide los gastos sin crédito presupuestario, declarándolos nulos de pleno derecho, sin perjuicio de las responsabilidades a que haya lugar. Como nuestros políticos se han olvidado hasta el momento de señalar qué responsabilidades son y las penalidades a aplicar, resulta un texto bonito, como el de muchas leyes, pero sin aplicación, o sea los gastos nulos quedan como meras irregularidades, que se pagan sin peritar.

Sin embargo, ahora, con el sistema de información y el plan de financiación articulados por el actual gobierno popular, sí que se puede cuantificar el perjuicio económico derivado del incumplimiento de la norma de no gastar por encima del presupuesto equilibrado, al conocer si existen reclamaciones judiciales con peticiones de intereses de demora entre las facturas de antes del 31/12/2011 sin pagar y también el coste de la financiación que será del 5% a 10 años más 2 de carencia.

Por lo tanto, nos encontraríamos en lo que el Tribunal de Cuentas define como responsabilidad contable en el art. 38 de su Ley orgánica2/1982, al reunir las llamadas “facturas en los cajones” todos sus requisitos. Se trata de una acción de gestión de caudales, contraria a la legalidad presupuestaria, claramente subjetiva con dolo o negligencia grave, que ha producido un daño real de la hacienda local, evaluable económicamente.

Dado el funcionamiento acusatorio de nuestra justicia, que sólo actúa ante acusaciones, y dado que cualquier ciudadano o asociación puede actuar ante el tribunal de Cuentas, sin necesidad ni de procurador, ni de abogado, ni de presentar fianza, es democráticamente imprescindible que se ejercite tal acción pública denunciando ante el Tribunal de Cuentas a los alcaldes responsables de las facturas impagadas originadas por gastar por encima de lo presupuestado o por contar con presupuestos desequilibrados.

Y si los interventores no hubieran advertido por escrito la improcedencia de tales gastos, sus nombres también se incluirán en la denuncia, junto a la de su alcalde, con el fin de atajar el intrusismo y el carácter acomodaticio o incluso mercenario de muchos de estos compañeros interventores.

El tema del control administrativo del gasto local y el del gasto autonómico, es el gran tema pendiente para acometer en serio el problema de la corrupción política.

Es hora de resarcirnos de tanto despilfarro público como el que se ha producido y el procedimiento de responsabilidad contable por alcance, tiene la ventaja de carácter resarcitorio del daño producido, es decir su plena aplicación, resultaría ejemplarizante.






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