Las empresas estarán obligadas a tener un seguro de daños al medio ambiente
Fecha Fecha de Publicación: Jueves 19 de Mayo de 2005, 22:18 h.
Tema Ecología


El borrador de ley de responsabilidad ambiental crea un fondo para desastres ecológicos. Todas las empresas potencialmente contaminantes estarán obligadas a tener un seguro de responsabilidad por daños al medio ambiente. Así lo establece el borrador de ley de responsabilidad ambiental, que obliga a las empresas a pagar la recuperación de las zonas que contaminen. La ley, que traspone una directiva europea, rellena el vacío legal de casos como el de Aznalcóllar, el mayor vertido en España y que ha costado al Estado 240 millones de euros que la empresa no ha reembolsado. La norma no afecta a las nucleares ni a los buques, regidos por normas distintas.

Por Rafael Méndez, publicado en: El País Digital, Martes 17 de Mayo de 2005.

"Les voy a dar una primicia. Está muy avanzada la ley de responsabilidad ambiental. Se trata de una ley que garantiza que no quedan impunes los daños que se produzcan al medio ambiente cuando no pueda aplicarse el código penal", aseguró en 1996 la entonces ministra de Medio Ambiente, Isabel Tocino. Nueve años y tres ministros después, Medio Ambiente ha terminado el borrador de Ley sobre Responsabilidad Medioambiental en Relación con la Prevención y la Reparación de Desastres Ambientales. La ministra de Medio Ambiente, Cristina Narbona, se fijó como prioridad esta norma al llegar al Gobierno hace un año.

La ley traspone una directiva europea que da rango legal al principio de quien contamina, paga. El objetivo es evitar casos como el de la rotura de la balsa de Aznalcóllar, en 1998, o como el vertido de miles de toneladas de residuos tóxicos que se acumulan en el pantano de Flix, en el Ebro, y que limpiará el Estado. El borrador de la ley, de 22 folios y al que ha tenido acceso este diario por dos fuentes distintas, establece que las empresas potencialmente contaminantes deberán tener "una garantía que le permita hacer frente a la responsabilidad ambiental inherente a la actividad que desarrolle".

"Cualquier coste" La Administración fijará la cuantía de la garantía, que podrá ser una póliza de seguro, un aval bancario o un "fondo de dinero que no podrá ser objeto de hipoteca, total o parcial ni servir como garantía para ningún fin distinto". En caso de que aparezcan riesgos no cubiertos por la póliza, se hará cargo del coste el consorcio de compensación de seguros. Con este fondo, las empresas adoptarán las medidas reparadoras en caso de daño al medio ambiente "cualquiera que sea su coste".

La ley afecta a un grupo enorme de empresas, las contempladas en la directiva de prevención de la contaminación: refinerías, térmicas, minas, siderúrgicas, metalúrgicas, fábricas de vidrio, industria química, empresas que gestionan residuos, vertederos, papeleras, textiles, mataderos, empresas agroalimentarias, de transgénicos, cualquiera que pueda producir un vertido o dañar el medio ambiente, incluso grandes granjas de cerdos y aves de corral. La norma también obliga a empresas de cualquier otro sector si hay "negligencia o culpa" en el daño. La ley deja exentos los daños causados por guerras y desastres naturales. Tampoco se aplicará a centrales nucleares ni al tráfico marítimo, que se rigen por otras reglamentaciones.

Si una empresa produce un daño al medio ambiente, la Administración establecerá las medidas necesarias para repararlo y obligará a la empresa a pagarlo. La ley va más allá de la directiva al considerar daño al medio ambiente "los daños a las especies silvestres y los ecosistemas" (aunque no protege a las especies invasoras). La directiva europea sólo protegía "las aguas, el suelo o especies y hábitats protegidos".

La ley obligará a reparar "los daños ocasionados por emisiones sucesos o eventos" que se hayan producido en los últimos 30 años antes de que sea detectada la contaminación. El plazo venía fijado por la directiva. Sin embargo, no afecta a los vertidos producidos antes de la entrada en vigor.

El borrador de la ley establece también la creación de un "fondo estatal de reparación de daños ambientales" para pagar la recuperación de los terrenos públicos que queden afectados. El Estado recurrirá a este fondo cuando la empresa haya producido un daño ambiental pese a cumplir la ley o cuando el daño no fuese previsible "según los conocimientos técnicos y científicos en el momento de la emisión o de la actividad" contaminante. El Ministerio de Medio Ambiente gestionará este fondo, en el que podrán participar, y del que se podrán beneficiar, las comunidades autónomas.

El borrador que maneja Medio Ambiente aún no fija la cuantía de las multas en caso de incumplimiento. Tampoco habla de la entrada en vigor, pero la directiva da de plazo hasta el 30 de abril de 2007, por lo que, según fuentes del sector, España puede por una vez cumplir el plazo, aunque la ley tiene que pasar por el Parlamento y está sujeta a cambios.

Copyright © El País Digital, 2005.

URL Noticia:
http://www.elpais.es/articuloCompleto.html?xref=20050517elpepisoc_3&type=Tes&anchor=elpepisoc






Este artículo proviene de Asociacion Ecologista El Alcornoque - Hoyo de Manzanares
http://viejo.elacornoque.org

La dirección de esta noticia es:
http://viejo.elacornoque.org/modules.php?name=News&file=article&sid=12